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Título : Despenalización del Homicidio Piadoso en los Pacientes con Enfermedades Terminales en el Perú - 2022
Autor : Lopez Letona, Heber
Martinez Chiroque, Maribel del Carmen
Rojas Yepez, Yuri Armengol
Asesor de Tesis : Inocente Ramirez, Cesar David
Palabras clave : Muerte digna;Libertad;Homicidio Piadoso;Morir dignamente
Fecha de publicación : 2023
Editorial : Universidad Privada Telesup
Resumen : El objetivo del presente estudio fue Analizar de qué manera la despenalización del homicidio piadoso favorece a los pacientes con enfermedades terminales en el Perú-2022; tipo de investigación que fue cualitativo, básico, no experimental, el instrumento utilizado fue la entrevista, este instrumento permitió recoger opinión de las personas en estudio, lo que permitió analizar las categorías y determinar con certeza los supuestos, los diseños fueron el fundamentado y el narrativo, llegando a los siguientes resultados: Se debe considerar el derecho a la libertad y el derecho a una vida digna, a tener calidad de vida, considerando la voluntad del paciente a terminar con su agonía en una enfermedad dolorosa, se debe dar la eutanasia bajo mandato de un juez previo debe existir una comisión médica que corrobore que la enfermedad es incurable y dolorosa. El artículo 112 del Código Penal no pretende garantizar el derecho a una vida digna. Más bien, la viola al perpetuar una forma religiosamente de concebir la vida, que estipula que la vida y la muerte son exclusivamente objetos de la ordenación divina. Este tipo de normas son incompatibles con un país diverso y constitucional como el nuestro. El homicidio piadoso se encuentra tipificado dentro del código penal, que vulnera el derecho a la libertad es decir no permite llevar a cabo su deseo, comprendiendo que es una forma de liberarse del dolor y sufrimiento, vulnera el derecho a una vida digna, es un derecho fundamental que implica una muerte natural sin dolor y morir dignamente, es una muerte asistida por un médico que acompaña todo este proceso rodeado de los seres queridos. Llegamos a las siguientes conclusiones: La despenalización del homicidio piadoso favorece a una muerte digna sin dolor y padecimientos por una enfermedad incurable o terminal, siendo contradictorio al artículo 112° del Código Penal y la Constitución Política del Perú en su artículo 1°. La despenalización del homicidio piadoso favorece al derecho a la libertad de elegir cuando terminar con sus dolencias y malestares que involucran al paciente y los familiares siendo contradictorio al artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Los derechos fundamentales que son vulnerados son derecho a la libertad, a una vida digna, dignidad humana, al libre desarrollo personal; por lo que se debe entender que es morir dignamente.
URI : https://repositorio.utelesup.edu.pe/handle/UTELESUP/2628
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