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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorVivar Diaz, Victor Raul-
dc.contributor.authorValentin Rojas, Ronald Hamilton-
dc.date.accessioned2023-10-08T21:07:03Z-
dc.date.available2023-10-08T21:07:03Z-
dc.date.issued2020-
dc.identifier.urihttps://repositorio.utelesup.edu.pe/handle/UTELESUP/2310-
dc.description.abstractLos vehículos automotores y su actividad, son considerados riesgosos a nivel mundial, pese a ello los estados, así como el nuestro, permiten su circulación y actividad. Y como todo riesgo permitido, está regulado por leyes y normas a fin de evitar los accidentes de tránsito y/o reducirlos; sin embargo, en el Perú, según el INEI, en los años 2018 y 2019, se registraron noventa mil y, noventaicinco mil accidentes de tránsito. Como resultado de ello, hay miles de víctimas que se encuentran postrados y hasta desamparados en los hospitales, en sus casas, solicitando justicia ante las instancias de mérito del poder judicial, incluyendo en la sede casatorio. A fin de aliviar el dolor y desesperación de dicha problemática no reciente, se ha creado el SOAT; sin embargo, cuando las lesiones son muy graves o la víctima fallece, la subvención o indemnización que ella ofrece (5 UIT como máximo) resulta insuficiente y hasta irrisoria. Por lo que el poder judicial se halla muy congestionado por procesos de Indemnización de daños y perjuicios por accidentes de tránsito. Cuyas sentencias de las instancias de mérito, en la mayoría de casos no son satisfactorias, por lo que los litigantes se ven en la necesidad de apelar e incluso acudir a la sede casatorio. Dicha insatisfacción subsiste a raíz de que no existen criterios unificados entre los jueces y, ni siquiera en la jurisprudencia nacional, sino múltiples y hasta discordantes, cual si fuera un mercado donde cada uno puede hallar el criterio necesario para ilustrar y defender su postura. Así mismo, es una realidad que la jurisprudencia (criterios que determinan la decisión casatorio) posterior y último debidamente motivado y fundamentado, puede desplazar y dejar sin efecto a los criterios de la jurisprudencia anterior para casos futuros, aun cuando se trate de precedentes judiciales. Pues así lo establece el Art. 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Convencidos, de la gran importancia de la última jurisprudencia nacional, en la presente investigación, se identifica y señalan los criterios contenidos en las casaciones civiles sobre Indemnización de daños y perjuicios por accidentes de tránsito, emitidos por las salas civiles de la Corte Suprema entre los años 2018 y 2019, debidamente publicados en el diario oficial EL Peruano. La importancia de ello radica en que, solo conociendo a cabalidad los criterios de la jurisprudencia nacional se puede tener cierta previsibilidad de la resolución judicial aun antes de haber interpuesto la demanda. También, como abogados y profesionales en el derecho, incluso conocer la discordancia y desvarío de los criterios existentes en la jurisprudencia nacional, pueden servir para dirigir mejor el proceso judicial en cuestión, siendo que la parte contraria, o el juez e inclusive la Corte Suprema se verá en la necesidad de motivar debida y exhaustivamente para desmerecer lo planteado y, la sede casatorio hasta podría verse empujado a llamar a un pleno casatorio y establecerse precedentes judiciales sobre la materia en cuestión. El precedente judicial, es de vital importancia, pues ello conllevaría que no se sigan añadiendo diversos criterios antojadizos y hasta discordantes, puesto que obliga a los jueces a motivar debidamente sus sentencias antes de apartarse de dicho precedente judicial. Y esto último, sí que daría plena previsibilidad de la resolución judicial al caso en concreto, la cual no solo aminoraría la congestión del poder judicial, sino que el estado peruano tendría mayor equidad y justicia, lo que se traduciría en una sociedad desarrollada y de primer mundo.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Privada Telesupes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/es_ES
dc.sourceUniversidad Privada Telesup - UTELESUPes_ES
dc.source.uriRepositorio Digital UTELESUPes_ES
dc.subjectIndemnización de daños y perjuicioses_ES
dc.subjectAccidentes de tránsitoes_ES
dc.subjectCasaciones civileses_ES
dc.subjectCriterios que determinan las decisiones de las casaciones civileses_ES
dc.subjectJurisprudenciaes_ES
dc.titleCriterios que Determinan las Decisiones de Las Casaciones Civiles sobre Indemnización de Daños y Perjuicios por Accidentes de Tránsito, 2018 - 2019es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.disciplineEscuela Profesional de Derecho Corporativoes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Privada Telesup.Facultad de Derecho y Ciencias Socialeses_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
renati.author.dni42026549-
renati.advisor.dni32814221-
renati.advisor.orcid0000-0003--0791-0413es_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_ES
renati.jurorRobles Rosales Walter Mauricioes_ES
renati.jurorQuiroz Rosas Juan Humbertoes_ES
renati.jurorSisniegas Linares Flor de Mariaes_ES
renati.discipline422016es_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
Aparece en las colecciones: Escuela Profesional de Derecho Corporativo

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