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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorNuñez Zulueta, Arturo Walter-
dc.contributor.authorMasias Escobedo, Edward Teofilo-
dc.date.accessioned2023-09-21T16:40:45Z-
dc.date.available2023-09-21T16:40:45Z-
dc.date.issued2021-
dc.identifier.urihttps://repositorio.utelesup.edu.pe/handle/UTELESUP/1939-
dc.description.abstractPor medio de la Ley 26553 se creó el bono por función jurisdiccional disponiendo que no tiene carácter pensionable. En la misma línea, por medio de la Ley 26623 se creó el bono por función fiscal. Sin embargo, a través de la Resolución N°823-2001-SP-GAPGG-PJ se dispone la nivelación de los cesantes del Poder Judicial, incluyendo el monto percibido por concepto de bono por función jurisdiccional. En la misma línea, el Ministerio Público a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 430-2001-MP-FN resuelve disponer que la gerencia general a través de la Gerencia Central de Potencial Humano, efectúe la nivelación de las pensiones de los magistrados cesantes, en los mismos extremos y condiciones que a los magistrados cesantes del Poder Judicial. Esta posición trasciende al acuerdo emitido en el II Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral, que le otorga a ambos bonos naturaleza remunerativa, por lo tanto, carácter pensionable. Incluso por medio de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social se establece un precedente en el mismo sentido, dejando sentada la posición que se tiene a nivel de Corte Suprema. El Tribunal Constitucional mantiene un criterio divergente, que ha plasmado en diversas sentencias, que no son tomadas en cuenta al resolverse recursos de casación, aduciendo que el pronunciamiento de dicho Tribunal no tiene efecto vinculante. En este contexto, se desconoce lo dispuesto en el artículo VI del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, en el sentido que también la jurisprudencia constitucional debe ser observada de manera obligatoria. Lo afirmado tiene sustento en casaciones de la Sala de Derecho Constitucional y Social y sentencias del Tribunal Constitucional analizadas. Esta evidente divergencia de posiciones se traslada a las instancias de mérito, en las que de forma indistinta se recurre a lo resuelto por uno u otro órgano. Esta situación da cuenta de la afectación de la seguridad jurídica. Agrava la situación el hecho que, en la vía administrativa, tanto a nivel del Poder Judicial como del Ministerio Público, se resuelva en la línea del Tribunal Constitucional, lo que difiere de lo resuelto en la vía judicial. En este orden de ideas, la solución a esta situación controversial encuentra cabida en el establecimiento de un precedente constitucional.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Privada Telesupes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/es_ES
dc.sourceUniversidad Privada Telesup - UTELESUPes_ES
dc.source.uriRepositorio Digital UTELESUPes_ES
dc.subjectBono por función fiscales_ES
dc.subjectBono por función jurisdiccionales_ES
dc.subjectDerecho a la remuneraciónes_ES
dc.subjectSeguridad jurídicaes_ES
dc.titleSeguridad Jurídica en el Marco de la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Corte Suprema sobre la Naturaleza Remunerativa del Bono por Función Fiscal y Jurisdiccional al Período 2012 - 2019es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.disciplineEscuela Profesional de Derecho Corporativoes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Privada Telesup.Facultad de Derecho y Ciencias Socialeses_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
renati.author.dni23863730-
renati.advisor.dni16691279-
renati.advisor.orcid0000-0001-9244-7317es_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_ES
renati.jurorQuiroz Rosas Juan Humbertoes_ES
renati.jurorSisniegas Linares Flor de Mariaes_ES
renati.jurorPardave Dionicio Luz Jackelynes_ES
renati.discipline422016es_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
Aparece en las colecciones: Escuela Profesional de Derecho Corporativo

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