repositorio digital utelesup
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.utelesup.edu.pe/handle/UTELESUP/862
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorQUIROZ ROSAS, JUAN HUMBERTO-
dc.contributor.authorMOGOLLON MAYURI, NATALIA DELIA-
dc.contributor.authorSALVADOR JAUREGUI, SUSANA KAREN-
dc.date.accessioned2020-12-19T21:35:27Z-
dc.date.available2020-12-19T21:35:27Z-
dc.date.issued2018-
dc.identifier.urihttps://repositorio.utelesup.edu.pe/handle/UTELESUP/862-
dc.description.abstractEsta investigación se pretendió efectuar el análisis de la forma en que se aplica los artículos 298 y 299 del Código Penal referente a la posesión lícita de drogas y la excepción a la regla establecida. Con ese propósito se estableció la distinción, entre la posesión de droga para el consumo y la posesión para el tráfico, también hay una diferencia entre clases de posesión de droga: la droga para el tráfico tipificada en el artículo 296 del código penal. La posesión de droga en pequeña cantidad permisible según el artículo 298 y la posesión para el consumo en el artículo 299 de la norma acotada. Pareciera que el ordenamiento jurídico penal que castiga ambos delitos, resulta inoficioso debido a que la sola posesión para el consumo habitual queda exenta de pena; siendo esto cuestionable frente a la excepción establecida en la en la parte final del artículo 299. Se ha obtenido la opinión sobre la tarea de los magistrados de aplicar o no una norma de carácter punible a fin de evitar el comercio de drogas o que este tipo de delitos quede impune. Cabe acotar que la investigación culmina con la opinión de los especialistas sobre la aplicación de la ley penal, otorgándole la importancia necesaria a fin de que se especifique sobre la operación intelectual que deben elaborar en la emisión de sus juicios los magistrados a través de los razonamientos que se sustente en el tipo de interpretación a la ley, teniendo en cuenta que para la nueva Teoría de la Argumentación jurídica solo existen dos tipos de interpretación; esto es, la literal o gramatical y la correctora, siendo que existe discusión sobre la aplicación de la ley al caso concreto.es_ES
dc.description.uriTesises_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUNIVERSIDAD PRIVADA TELESUPes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/es_ES
dc.sourceUniversidad Privada Telesup - UTELESUPes_ES
dc.source.uriRepositorio Digital UTELESUPes_ES
dc.subjectCANTIDAD DE DROGA PERMISIBLEes_ES
dc.subjectPOSESIÓN DE MAS DE DOS TIPOS DE DROGAes_ES
dc.subjectINTERPRETACIÓN DE LA LEY PENALes_ES
dc.titleLA POSESIÓN MÍNIMA Y LA POSESIÓN DE MÁS DE DOS TIPOS DE DROGA EN LA DETERMINACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL AGENTE – LIMA 2017es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.disciplineESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO CORPORATIVOes_ES
thesis.degree.grantorUNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP.FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALESes_ES
thesis.degree.nameABOGADOes_ES
thesis.degree.programDERECHO CORPORATIVOes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00es_ES
Aparece en las colecciones: Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
MOGOLLON MAYURI NATALIA DELIA-SALVADOR JAUREGUI SUSANA KAREN.pdf2.44 MBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Este ítem está protegido por copyright original



Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons